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Un tribunal califica de accidente laboral el asesinato del jefe de su esposa

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El autor del asesinato había presionado al hombre para que la despidiera, después de enterarse de que tenían una relación

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07 Febrero 2019 15:45

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado en una sentencia que el asesinato de un trabajador autónomo a manos del marido de su empleada es un accidente laboral.

Para la ley, el aspecto determinante para que el delito sea considerado accidente laboral es que el suceso está vinculado con el trabajo. Según el tribunal, el hecho de que la esposa del autor del crimen fuera empleada de la víctima "indica que la acción criminal guarda relación con el trabajo".

Los hechos se remontan a mayo de 2015, cuando el autor, que sospechaba que existía una relación sentimental entre su mujer y su jefe, se personó en un semillero de Campohermoso, Níjar, en la provincia de Almería, donde trabajaba la víctima. Una vez allí, entró y disparó mortalmente al hombre causando su muerte.

Antes, había matado a tiros a su mujer. No existían antecedentes de maltrato. El culpable dijo a la policía que la nueva pareja, tras separarse ella de él, le había reconocido que mantenían una relación. Trató de usar, también, y como atenuante, los varios insultos que según él recibió por parte del asesinado en la discusión previa a su muerte.

Para la justicia ha sido clave que, en días anteriores al suceso, el autor del asesinato había presionado al jefe de su mujer para que la despidiera. El hombre se negó en cualquier caso. Para el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ese hecho refuerza la conexión "directa e inmediata con el trabajo" del suceso.

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