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Artículo Sentencia del ‘procés’: entre 9 y 13 años de cárcel para Junqueras y otros 8 líderes independentistas por sedición y malversación Now

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Sentencia del ‘procés’: entre 9 y 13 años de cárcel para Junqueras y otros 8 líderes independentistas por sedición y malversación

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El Supremo descarta la rebelión pero impone penas de prisión a los líderes independentistas presos e inhabilita por desobediencia a los tres que se encontraban en libertad

PlayGround

14 Octubre 2019 12:17

El día ha llegado. Tras cuatro meses de proceso judicial y casi dos años de prisión provisional, el Tribunal Supremo acaba de emitir sentencia del procés, el juicio más importante de la historia de la democracia, con penas de entre 9 y 13 años de cárcel para la mayoría de los acusados.

El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, afronta la más alta: 13 años por un delito de sedición en concurso medial con malversación, lo que significa que se le impone una única pena por ambos delitos porque se considera que el uso de dinero público no fue un fin sino un medio.

De los otros ocho acusados en prisión preventiva, los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa han sido condenados a 12 años de cárcel por sedición y malversación. Los otros dos, Josep Rull y Joaquim Forn, han sido absueltos del delito de malversación y condenados por sedición, con penas de 10 años y medio de prisión.

La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha sido condenada a 11 años y medio por un delito de sedición y por este mismo delito se ha condenado a 9 años a los líderes de Òmnium y la ANC, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez.

Los exconsejeros Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs fueron los únicos tres procesados que afrontaron el juicio en libertad condicional y han resultado absueltos de malversación, pero han sido sentenciados a un año y ocho meses de inhabilitación especial y a diez meses de multa con un cuota de 200 euros diaria.

Ninguno de los líderes independentistas han sido condenados por rebelión porque el Supremo ha considerado que, si bien “se registraron episodios de violencia” en otoño del 2017 en Cataluña, estos fueron insuficientes "para imponer de hecho la efectiva independencia territorial y la derogación de la Constitución". "La violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines de animar la acción de los rebeldes", ha afirmado el tribunal.

Para el tribunal presidido por Manuel Marchena, la violencia nunca fue parte del plan de los acusados porque, según ha argumentado, “bastó una decisión del Tribunal Constitucional para que no se aplicaran las leyes de ruptura aprobadas por el Parlament” y “la mera exhibición de la aplicación del artículo 155” fue suficiente para que algunos de los procesados huyeran de España y, para que los que se quedaran, desistieran “incondicionalmente de la aventura que habían emprendido”.

La decisión del Supremo de no condenarles por este delito ha implicado una importante reducción de la pena respecto a lo que pedía el ministerio público. En el caso de Junqueras, la rebaja ha disminuido de 25 a 13 años y los líderes de la ANC y Òmnium, a los que la Fiscalía consideraba "promotores de la rebelión”, también han visto su pena reducida de 17 a 9 años.

Sin embargo, los magistrados han considerado que, a pesar de que los líderes del procés no instigaran actos de violencia y rebelión, sí que movilizaron a la ciudadanía en “un alzamiento público y tumultuario" como parte de su plan secesionista. Por eso han impuesto el delito de sedición a los nueve acusados que se encontraban en prisión preventiva.

La sentencia absuelve a Rull, Forn, Vila, Mundó y Borras del delito de malversación, lo que ha rebajado la pena de prisión de los dos primeros y ha librado de la cárcel a los tres que estaban en libertad condicional. Según el tribunal, todos suscribieron un acuerdo para asumir de forma solidaria los gastos que se promovieran del referéndum pero no se ha probado que pusieran la estructura de los departamentos que dirigían al servicio de su celebración.

Las sentencias del Supremo son firmes pero las defensas de los procesados ya han anunciado que agotarán las dos únicas vías posibles para revisar la decisión: un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales y la impugnación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Todo apunta a que la sentencia reactivará la euroorden de detención contra Carles Puigdemont y los otros seis líderes independentistas huidos de la justicia española.

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